Construcción y Dotación de una Planta Comunitaria para el Beneficio del Oro

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

beneficio oroSector: Minas

Categoría: Infraestructura

El Proyecto Tipo “CONSTRUCCION Y DOTACIÓN  DE UNA PLANTA COMUNITARIA PARA EL BENEFICIO DE ORO” está dirigido a las entidades territoriales que hayan identificado bajos niveles de producción limpia de mineral aurífero en sus operaciones mineras.

 

 

A continuacion podrá descargar la documentacion segun desee y necesite:

Guia de formulacionMGA

 

 

Diligencie el siguiente formulario para acceder a los documentos correspondientes:

Nombre:
Correo:
Departamento:
Municipio:
Quiere mantenerse actualizado sobre la gestión de los proyectos tipo:
Codigo de validacion

 

Para el uso e implementación de este PROYECTO TIPO, la entidad territorial debe verificar el cumplimiento de las siguientes condiciones de entrada:

 

Tabla 1. Criterios para la implementación del modelo de diseño. 

Aspecto  Descripción  Requisito
 Lote  Pendiente máxima 10%
 Área mínima

2.000 m2

 Dimensiones mínimas 40 m x 50 m
 Ubicación   Tipo de zona Urbana/ Rural
 Zona de riesgo Bajo o intermedio mitigable
Producción  Diaria Dependiendo del número de títulos o figuras legales que vayan a beneficiarse de la planta comunitaria, hasta 40 toneladas diarias.*
Servicios Públicos Acceso

Certificado de disponibilidad del servicio público, expedido en este caso por las empresas proveedoras del servicio de energía, acueducto y alcantarillado o los permisos para la instalación de soluciones individuales, según el caso.

Electricidad y captación de agua.
Aspectos legales  

Uso del suelo compatible con el proyecto

Predio libre (certificado de tradición y libertad o documento de posesión a nombre de la entidad territorial)

 

Escritura del predio, donde se indiquen las medidas perimetrales, el área y la información del propietario actual (en este caso debe constar que es de propiedad pública).

 

Uso permitido según POT, PBOT o EOT

Cumplir posesión **

 Fuente: MinEnergía.

*Para establecer  la producción diaria de procesamiento de la planta , es necesario que la entidad territorial valide previamente a la presentación del proyecto  la cantidad de  títulos mineros legales vigentes que suministrarán el mineral o para el  funcionamiento de la planta (máximo 40 toneladas diarias), quienes deberán manifestar su intención mediante oficio al ente territorial. Además deberán cumplir con un tenor mínimo establecido en el estudio; Guía metodológica para el mejoramiento productivo del beneficio de oro sin el uso de mercurio desarrollada para cada zona minera.,

** El predio deberá estar libre de gravámenes que impidan ejercer el derecho, d de disposición, el cual deberá tener una fecha de expedición menor a noventa (90) días. Lo anterior no aplica para bienes de uso público que conforme a las normas vigentes no son sujetos de registro.

 

En el caso de los municipios, y en aplicación del artículo 48 de la Ley 1551 de 2012, bastará con que éstos acrediten la posesión del bien objeto de intervención y su destinación al uso público o a la prestación de un servicio público.

Gobierno de Colombia    DNP    SGR    Federación Nacional de Departamentos    Federación Nacional de Municipios    Colombia Compra Eficiente